La SCJN establece juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte determinó que las desapariciones de mujeres defensoras deben investigarse bajo un enfoque de género e interseccionalidad.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades judiciales en México tienen la obligación estricta de juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una perspectiva de género e interseccionalidad. Este criterio, aprobado por el máximo tribunal, establece que el enfoque no debe considerarse una opción discrecional para los juzgadores, sino un mandato procesal indispensable para garantizar el acceso a la justicia y la verdad.
La decisión de la SCJN subraya que, ante la desaparición de una mujer que realiza labor de defensa, los tribunales deben analizar las barreras estructurales y los riesgos específicos que enfrentan estas personas por razones de género. El fallo enfatiza que la interseccionalidad es fundamental para comprender cómo otros factores, como la labor social, el origen étnico o el contexto territorial, aumentan la vulnerabilidad de las víctimas frente a la violencia sistemática.
Con esta resolución, el Poder Judicial busca erradicar las omisiones que históricamente han dificultado la identificación de patrones de violencia contra las mujeres que alzan la voz en sus comunidades. El alto tribunal señaló que ignorar estos elementos en la investigación constituye una violación a los derechos humanos y perpetúa la impunidad en casos donde la labor de defensa es el motivo principal de la agresión.
La determinación obliga a los ministerios públicos y jueces federales y estatales a integrar el contexto de la actividad de la víctima en cada etapa del proceso penal. De esta manera, se pretende que la actuación de la Fiscalía General de la República y las fiscalías locales esté alineada con estándares internacionales de protección a defensores, evitando la revictimización y el archivo prematuro de expedientes.
Este nuevo precedente judicial marca un cambio en la forma en que los tribunales deberán abordar los delitos de desaparición forzada o cometida por particulares cuando la víctima se desempeñaba como activista. La SCJN reiteró que la perspectiva de género es una herramienta técnica esencial para desarticular las redes de violencia que operan en diversas regiones del país, asegurando que el análisis de los hechos sea integral y exhaustivo.
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